El artículo 7 de la C. P. establece: "El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la nación colombiana".
El artículo 13 de la C. P. establece que "El Estado promoverá las condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas a favor de grupos discriminados o marginados".
La Política Distrital en Derechos Humanos tiene como propósito la construcción de una ciudad humana que concibe el desarrollo dentro de la plena vigencia de los Derechos Humanos, desde una perspectiva integral, que busca generar capital productivo en lo económico, inclusión en lo social y participación en lo político, garantizando los mínimos vitales de la sociedad en la atención de necesidades básicas
Dicha política está dirigida a los grupos étnicos: indígenas, buscando su reconocimiento e inclusión social a las comunidades que ellos integran.
Que en derecho comparado se han identificado dos modalidades de aplicación de las Acciones Afirmativas: sistema de cuotas y sistema de trato diferencial.
1.Equidad: Garantizar la igualdad de oportunidades a partir de la inclusión de la población indigena residente en Bogotá sin ningún tipo de discriminación.
2. Solidaridad: Garantizar la protección y la defensa del patrimonio cultural de la población indigena, construyendo una cultura basada en el reconocimiento recíproco y la solidaridad social para lograr un acceso adecuado de la población indigena a todos los servicios públicos ofrecidos por la ciudad.
3. Descentralización: Coordinar interinstitucionalmente la aplicación de la política pública en todas las entidades del Distrito Capital. Con cada una de las entidades del Distrito Capital se formularán, elaborarán y viabilizarán los proyectos que garanticen a la población indigena residente en Bogotá, el acceso efectivo a los programas sociales y culturales contemplados en el Plan de Desarrollo Distrital y los diferentes Planes Locales.
4. Integralidad y Concertación: Concertar con las representaciones de la población indigena, la inclusión de las iniciativas de los mismos en los programas y proyectos del Plan de Desarrollo, teniendo en cuenta el tamaño de la población indigena residente en Bogotá, así como los montos presupuestales, las estrategias y las metas.
5. Corresponsabilidad: Establecer indicadores de gestión y de resultados que permitan realizar un adecuado seguimiento, control y evaluación de esta política pública en el Distrito.
6. Participación: Fortalecer la participación de la población indigena residente en Bogotá, en espacios de representación para la toma de decisiones.
7. Identidad cultural: Promover el respeto a la identidad cultural de la población indigena y propiciar su desarrollo.
Algunas planes integrales de acciones afirmativas son la Política Social, cultural, de salud, educación y de organización.
En la actualidad, los pueblos indígenas representan 10% de la población de la región siendo el grupo más desfavorecido de América Latina.
jueves, 8 de abril de 2010
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